CRITERIOS DE GRADUALIDAD: SUBSANACION(1) Y/O PAGO (2) | |||||||
(Porcentaje de Rebaja de la Multa establecida en las Tablas) | |||||||
SUBSANACION VOLUNTARIA | SUBSANACION INDUCIDA | ||||||
N° | INFRACCIÓN | DESCRIPCIÓN DE LA INFRACCION | FORMA DE SUBSANAR LA INFRACCIÓN | Si se subsana la infracción antes que surta | Si se subsana la infracción dentro del plazo otorgado | ||
efecto la notificación de la SUNAT en la | por la SUNAT, contado desde la fecha en que surta | ||||||
que se le comunica al infractor que | efecto la notificación en la que se le comunica | ||||||
ha incurrido en infracción (3) | al infractor que ha incurrido en infracción | ||||||
Sin Pago(2) | Con Pago(2) | Sin Pago(2) | Con Pago(2) | ||||
1 | Artículo 173° | Proporcionar o comunicar la información, | Proporcionando o comunicando la información | 80% | 90% | 50% | 60% |
Numeral 2 | incluyendo la requerida por la Administración | conforme a la realidad, según lo previsto en las | |||||
Tributaria, relativa a los antecedentes | normas correspondientes. | ||||||
o datos para la inscripción, cambio de | |||||||
domicilio, o actualización en los | |||||||
registros, no conforme con la realidad.(4) | |||||||
2 | Artículo 173° | Obtener dos o más números de inscripción | Solicitando a la SUNAT la asignación de un único número | No se aplica el Criterio de Gradualidad de Pago | 50% | 80% | |
Numeral 3 | para un mismo registro. (4) | de RUC y solicitando la baja de los otros números. | 100% | ||||
3 | Artículo 173° | No consignar el número de registro del | Presentando una nueva comunicación, declaración | No se aplica el Criterio Gradualidad de Pago | 50% | 80% | |
Numeral 6 | contribuyente en las comunicaciones, | informativa o documento en el que se añada el número | 100% | ||||
declaraciones informativas u otros | de registro del contribuyente, salvo tratándose de | ||||||
documentos similares que se presente | |||||||
ante la Administración Tributaria. (4) | declaraciones informativas presentadas mediante PDT. | ||||||
4 | Artículo 174° | Utilizar máquinas registradoras en | Declarando ante la SUNAT el cambio de ubicación de las | 80% | 90% | 50% | 60% |
Numeral 12 | establecimientos distintos del declarado | máquinas registradoras de un establecimiento a otro de | |||||
ante la SUNAT para su utilización.(5) | de la misma empresa, mediante el Formulario N° 809. |
sábado, 21 de septiembre de 2013
Posted by OSCAR DINO on 7:46 with No comments
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
0 comentarios:
Publicar un comentario