jueves, 6 de febrero de 2014

CASO PRACTICO MULTA POR NO DECLARAR EL DAOT 2013

según la resolución de superintendencia Nº 017-2014 publicada el  23 de enero  2014   ya salio el nuevo cronograma  de vencimiento para la declaración de operaciones con terceros.
ahora aunque la declaración daot operaciones con terceros es de naturaleza informativa la no declaración esta tiene como consecuencia  una multa dependiendo la infracción  

NUMERAL 4 DEL ARTICULO 176 DEL CÓDIGO TRIBUTARIO
Presentar otras declaraciones o comunicaciones en forma incompleta o no conformes con la realidad.  (30% de la UIT)

NUMERAL 2 DEL ARTICULO 176 DEL CÓDIGO TRIBUTARIO
No presentar otras declaraciones o comunicaciones dentro de los plazos establecidos. 
(30% de la UIT o 0.6% de los ingresos netos)


CASO A
la empresa abc no realizo la declaración de operaciones con terceros por realizar  un mal calculo en el momento de realizar el análisis de proveedores y clientes. la sunat al realizar un cruce de información con un proveedor de la empresa abc detecta el error y notifica a la empresa el cual le indica que realice el pago de una multa equivalente  al 30% de la UIT.

 ¿cuanto ascendería el pago si la empresa realiza la declaración del pdt  operaciones con terceros y el mismo dia realiza le pago de la multa mas los intereses? sabiendo que de la fecha de declaración a la fecha de pago corrieron 37 días.

solución 

infracción numeral 2 del articulo 176 del código tributario.

30% x 3,700.00     =    1,110.00

 gradualidad 90%           999.00

Multa                                111.00

interés                                  1.64

multa neta a pagar        113.00 

CASO B
la empresa  OMC  no realizo la declaración de operaciones con terceros pero con la peculiaridad  que tiene proveedores que tienen vinculación con con la empresa OMC .
la sunat detecto la omisión y emitió una resolución de multa donde se determina que el
monto seria 0.6% de los ingresos netos.

calcular el monto si los ingresos del 2013 fueron  2,450,000. nuevos soles, sabiendo que de la fecha de declaración a la fecha de pago corrieron 27 días.  

solución

infracción numeral 2 del articulo 176 del código tributario

0.6% X 2,450,000    =   14,700.00

gradualidad 90%     =    13,230.00

multa                          =     1,470.00

interés moratorio     =          15.87

multa neta a pagar         1,486.00

CASO C

la empresa XYZ ha realizado la declaración correspondiente al daot  operaciones con terceros pero a omitido de declarar a algunos proveedores. por lo que la sunat ha detectado el error y la  ha notificado.

la empresa XYZ  ha realizado la rectificatoria al día siguiente de la notificación y realizo el pago de la multa.

¿a cuanto ascendió la multa si se sabe que la rectificatoria se realizo 47 días posteriores al vencimiento?

solución

primero la infracción cometida esta contemplada en el numeral  4 articulo 176 del codigo tributario. por lo que el monto es del  30% de la UIT.


30% x 3,700.00     =    1,110.00

 gradualidad 80%           888.00

Multa                                222.00

interés                                  4.17

multa neta a pagar        226.00 

también puede ver el link 

multa por no declarar daot 2014


multa por no declarar libros electronicos

Multa por no declarar Itan 2014


5 comentarios:

  1. Yo no he declarado nada aun, cuanto seria la multa si declaro recien hoy 21/03/2014...gracias

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  2. si la subsanacion es voluntaria se acoge al régimen de gradualidad 100% de descuento osea no hay multa y tampoco existe tributo omitid, porque es solo una declaración informativa.

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  3. muy buenas y si rectifico de forma voluntaria cuanto es la multa

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  4. si rectificas de manera voluntaria el Daot, es decir la Sunat no te emite ningún documento el cual hubiera determinado una inconsistencia, entonces y usted rectifica voluntariamente no hay multa.

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  5. SI RECTIFICAS DE MANERA VOLUNTARIA NO HAY MULTA SIEMPRE Y CUANDO LA SUNAT NO DETECTE ALGUNA INCONSISTENCIA.

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