ahora aunque la declaración daot operaciones con terceros es de naturaleza informativa la no declaración esta tiene como consecuencia una multa dependiendo la infracción
NUMERAL 4 DEL ARTICULO 176 DEL CÓDIGO TRIBUTARIO
Presentar otras declaraciones o comunicaciones en
forma incompleta o no conformes con la realidad. (30% de la UIT)
No presentar otras declaraciones o comunicaciones
dentro de los plazos establecidos.
(30% de la UIT o 0.6% de los ingresos netos)
CASO A
la empresa abc no realizo la declaración de operaciones con terceros por realizar un mal calculo en el momento de realizar el análisis de proveedores y clientes. la sunat al realizar un cruce de información con un proveedor de la empresa abc detecta el error y notifica a la empresa el cual le indica que realice el pago de una multa equivalente al 30% de la UIT.
¿cuanto ascendería el pago si la empresa realiza la declaración del pdt operaciones con terceros y el mismo dia realiza le pago de la multa mas los intereses? sabiendo que de la fecha de declaración a la fecha de pago corrieron 37 días.
solución
infracción numeral 2 del articulo 176 del código tributario.
30% x 3,700.00 = 1,110.00
gradualidad 90% 999.00
Multa 111.00
interés 1.64
multa neta a pagar 113.00
CASO B
la empresa OMC no realizo la declaración de operaciones con terceros pero con la peculiaridad que tiene proveedores que tienen vinculación con con la empresa OMC .
la sunat detecto la omisión y emitió una resolución de multa donde se determina que el
monto seria 0.6% de los ingresos netos.
calcular el monto si los ingresos del 2013 fueron 2,450,000. nuevos soles, sabiendo que de la fecha de declaración a la fecha de pago corrieron 27 días.
solución
infracción numeral 2 del articulo 176 del código tributario
0.6% X 2,450,000 = 14,700.00
gradualidad 90% = 13,230.00
multa = 1,470.00
interés moratorio = 15.87
infracción numeral 2 del articulo 176 del código tributario
0.6% X 2,450,000 = 14,700.00
gradualidad 90% = 13,230.00
multa = 1,470.00
interés moratorio = 15.87
multa neta a pagar 1,486.00
CASO C
la empresa XYZ ha realizado la declaración correspondiente al daot operaciones con terceros pero a omitido de declarar a algunos proveedores. por lo que la sunat ha detectado el error y la ha notificado.
la empresa XYZ ha realizado la rectificatoria al día siguiente de la notificación y realizo el pago de la multa.
¿a cuanto ascendió la multa si se sabe que la rectificatoria se realizo 47 días posteriores al vencimiento?
solución
primero la infracción cometida esta contemplada en el numeral 4 articulo 176 del codigo tributario. por lo que el monto es del 30% de la UIT.
la empresa XYZ ha realizado la rectificatoria al día siguiente de la notificación y realizo el pago de la multa.
¿a cuanto ascendió la multa si se sabe que la rectificatoria se realizo 47 días posteriores al vencimiento?
solución
primero la infracción cometida esta contemplada en el numeral 4 articulo 176 del codigo tributario. por lo que el monto es del 30% de la UIT.
30% x 3,700.00 = 1,110.00
gradualidad 80% 888.00
Multa 222.00
interés 4.17
multa neta a pagar 226.00
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Yo no he declarado nada aun, cuanto seria la multa si declaro recien hoy 21/03/2014...gracias
ResponderEliminarsi la subsanacion es voluntaria se acoge al régimen de gradualidad 100% de descuento osea no hay multa y tampoco existe tributo omitid, porque es solo una declaración informativa.
ResponderEliminarmuy buenas y si rectifico de forma voluntaria cuanto es la multa
ResponderEliminarsi rectificas de manera voluntaria el Daot, es decir la Sunat no te emite ningún documento el cual hubiera determinado una inconsistencia, entonces y usted rectifica voluntariamente no hay multa.
ResponderEliminarSI RECTIFICAS DE MANERA VOLUNTARIA NO HAY MULTA SIEMPRE Y CUANDO LA SUNAT NO DETECTE ALGUNA INCONSISTENCIA.
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