COMO SE TIENE CONOCIMIENTO PARA EL AÑO 2013 LA BASE MÍNIMA PARA DECLARAR YA SEA CLIENTE O PROVEEDOR ES DE 2 UIT (3700 X 2 = 7400.00 NUEVOS SOLES).
Y ADEMAS QUE LAS OPERACIONES DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN NO ESTÁN DENTRO DE LA RELACIÓN DE CLIENTES O PROVEEDORES A DECLARAR.
Y EN EL HIPOTÉTICO CASO QUE LA EMPRESA DECLARE EL PDT 3500 Y LUEGO RECTIFIQUE EN UNA FECHA POSTERIOR AL DE SU VENCIMIENTO DE ACUERDO A SU NUMERO DE RUC.
¿EXISTE LA SANCIÓN O MULTA PARA LA EMPRESA QUE REALIZA LA RECTIFICACIÓN?
CASO PRACTICO
LA EMPRESA OXSA REALIZA LA DECLARACIÓN DE OPERACIONES CON TERCEROS EL DÍA 18/02/2014 Y EL 05/03/2014 SE DA CUENTA QUE COMETIÓ EL ERROR EN NO DEDUCIR LAS DEVOLUCIONES DE MERCADERÍA( MEDIANTE NOTAS DE CRÉDITO) DE DOS CLIENTES POR LO CUAL ESTOS NO DEBIERON DE DECLARARSE EN EL DAOT.
LA EMPRESA RECTIFICA EL MISMO DÍA 05/03/2014 EN EL CUAL DETECTO EL ERROR.
LA EMPRESA ESTARÍA INFRINGIENDO LA SANCIÓN TIPIFICADA EN EL NUMERAL 4 ARTICULO 176 DEL CÓDIGO TRIBUTARIO. PERO CORRIGE EL ERROR ANTES DE QUE SEA DETECTADA POR LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.
EN ESTE ASPECTO REVISEMOS LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 063-2007 / SUNAT.
COMO DICE LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA LA MULTA ES REBAJADA AL 100% SI ES SUBSANADA VOLUNTARIAMENTE ANTES DE QUE LA SUNAT UNA RESOLUCIÓN DE MULTA.
Cronograma Daot 2014
Cronograma Daot 2014
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