viernes, 4 de octubre de 2013

PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN -FINALIZACION

De acuerdo al articulo 75 del código tributario concluido el proceso de fiscalización o verificación, la administración tributaria emitirá la correspondiente  resolución de determinación , resolución de multa  u orden de pago , si fuera el caso.

Notese que no resulta claro si el  articulo 75 del código tributario establece que el procedimiento de fiscalización concluye con la notificación de los valores correspondientes o si, por el contrario, la emisión de tales valores es un acto posterior a la conclusión del procedimiento de fiscalización . Esto por cuanto se menciona  que las resoluciones de determinación  multa u ordenes de pago se emiten concluido el proceso de fiscalización o verificación  sobre este ultimo destacamos lo  siguiente.


Que el código tributario es en general confuso y no permite dilucidar  adecuadamente  el momento en el que finaliza el procedimiento de fiscalización.

Ahora debemos de tener presente que el articulo 10 del reglamento del procedimiento de fiscalización de la sunat menciona lo siguiente:


El procedimiento de fiscalización concluye con la notificación de las resoluciones de determinación y/o en su caso, de las resoluciones de multa, las cuales podrán tener anexos.

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