jueves, 20 de marzo de 2014

CASO PRACTICO DESCANSO MEDICO POR INCAPACIDAD TEMPORAL

el señor Jose Luis maravi  le dieron un certificado de incapacidad temporal el cual corren por los días del 11/03/2014 al 15/03/2014 pero el Sr. Jose Luis  tuvo faltas  el día  18 y 19  de marzo del 2014 los cuales no justifica que  haya ido a atenderse a algún centro de salud o centro de Essalud.

¿A cuanto ascendería el descuento por el mes de marzo si se sabe que el trabajador no solicito descansar el 18 y 19 de marzo? si el sueldo básico  del señor Jose Luis Maravi. es de 2,000.00

solución
primero debemos tener muy presente que el articulo 15 del decreto supremo Nº 009-97-SA  el cual es el reglamento  de la ley de modernización de la seguridad social el cual establece que durante los primeros veinte días de incapacidad la entidad empleadora  esta obligada al pago de la remuneración del trabajador que se encuentre en descanso medico.

se debe saber que estos 20 días de incapacidad son acumulados durante cada año calendario.

ahora si durante el año se excede los 20 días de inasistencia por incapacidad  ESSALUD otorgara un rembolso por los días faltos.

ahora como el trabajador solo presento CIT  por 5 días esos 5 días no serán descontados pero por los días 18 y 19 de marzo si serán  considerado los descuentos por inasistencia.


como vemos en el cuadro el descuento por faltas solo sera de 120 soles el cual corresponde a dos días de labor básica 






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