martes, 31 de mayo de 2016

CALCULO DE VACACIONES RÉGIMEN GENERAL

DECRETO LEGISLATIVO Nº 713

DE LAS VACACIONES ANUALES

Artículo 10.- El trabajador tiene derecho a treinta días calendario de descanso vacacional por cada año
completo de servicios. Dicho derecho está condicionado, además, al cumplimiento del récord que se
señala a continuación:

a) Tratándose de trabajadores cuya jornada ordinaria es de seis días a la semana, haber realizado labor efectiva por lo menos doscientos sesenta días en dicho período.

b) Tratándose de trabajadores cuya jornada ordinaria sea de cinco días a la semana, haber realizado labor efectiva por lo menos doscientos diez días en dicho período.

c) En los casos en que el plan de trabajo se desarrolle en sólo cuatro o tres días a la semana o sufra paralizaciones temporales autorizadas por la Autoridad Administrativa de Trabajo, los trabajadores tendrán derecho al goce vacacional, siempre que sus faltas injustificadas no excedan de diez en dicho período. Se consideran faltas injustificadas las ausencias no computables para el récord conforme al Artículo 13 de esta Ley.

Como vemos los normando en el articulo 10 del decreto legislativo N° 713. estipula que todo trabajador tiene derecho a las vacaciones de 30 días calendarios por cada año completo de servicios.
pero debemos tener presente lo estipulado en el inciso a,b y c.

ejemplo 1

el Sr. juan perez entro a trabajar el día 01/02/2012 con un sueldo de 2,500.00 soles mensuales, se sabe que el Sr. Juan perez pidió permiso en las fechas del 15/08/2012 al 06/09/2012 el cual se le otorgo pero sin goce de haber. la consulta es se le debe de elaborar sus vacaciones el 31/01/2013 y a cuanto ascendería el valor de sus vacaciones si se tiene como datos.

asignación familiar                      75.00
básico                                    1,500.00
sistema de pensiones SNP        13%
horario del trabajador            de lunes a sábado

bueno como el trabajador pidió permiso por un lapso de 21 días y estos días fue una licencia sin goce de haber y ademas como el inciso a del articulo 13 del decreto legislativo 713 establece como  mínimo 260 días
y a la fecha de 01/02/2013 no cumplió con los días como mínimo,  esta se aplazara hasta el día 16/02/2013 fecha en la cual cumple con los dos requisitos que requiere la ley laboral.

calculo

básico                               1,500.00
asignación familiar                  75.00
                                          1,575.00

deducción ONP                 (204.75)
                                        1,370.25

la empresa deberá de pagarle remitirle el calculo de sus vacaciones el 16/02/2013.

0 comentarios:

Publicar un comentario