viernes, 20 de febrero de 2015

Multa por no declarar el DAOT 2014

Para  este año ya se publico la resolución de superintendencia  N° 024-2015 en el cual establece el cronograma para la presentación de la DAOT del año 2014.

ahora para todos los contribuyentes que en el 2014 han tenido operaciones con terceros ya sean de compras o ventas y estas han superado las 2 UIT y ademas no hayan presentado a la sunat algún libro electrónico ( registro de compras o ventas o ingresos electrónico)

deberán de presentar la DAOT 2014 el cual  presentaremos un caso practico en el cual veremos la multa impuesta por la sunat en caso detectara la omisión de la declaración o la presentación de manera incompleta.

Caso practico 1

la empresa ABC que se encuentra dentro del régimen general ha tenido  operaciones con terceros tanto en ingresos como en gastos y compras la fecha de presentación de acuerdo a su numero de RUC  fue el 16/02/2015.  por lo que por cuestiones del día a día realizo la presentación el día 20/02/2014.
se tiene conocimiento que la empresa subsano de manera voluntaria el DAOT 2014.
¿a cuanto asciende la multa por la no presentación del DAOT 2014 de acuerdo al cronograma establecido?

Respuesta.

si la empresa ABC realiza la subsanacion de declarar el PDT daot  2014 la rebaja de la multa es del  100%.  es decir no paga ni un sol, recuerde que la rebaja del cien porciento se da cuando la sunat no detecta la falta cometida por la empresa ABC.


Caso practico 2

la empresa EL CHAMPA S.A. realizo la presentación del DAOT 2014 en la fecha el cual era su vencimiento y se encuentra dentro del Régimen General con fecha de 20/03/2015 reciben una carta por parte de la sunat el cual solicita revise bien los importes de algunos clientes declarados en el Daot 2014 por lo que la empresa EL CHAMPA detecta que hubo error en el importe declarado de dos clientes.

el cual los subsana presentado una declaración rectificatoria el día 03/04/2015.ademas la empresa declaro el daot 2014 con fecha de 16/02/2015

¿a cuanto ascendería la multa si la sunat nos da fecha para que subsanemos el error?

Respuesta

si la empresa  EL CHAMPA S.A. subsana de manera inducida esta estaría incurriendo en la infracción tipificada en el inciso  4 articulo 176 del código tributario. el cual establece una infracción de 30% de la UIT mas los intereses hasta el día del pago .

calculo
 UIT 2014 .....................................3,800.00

30% de UIT...................................1,140.00

de acuerdo al régimen de gradualidad si en caso que la empresa rectifica y paga la multa tiene una deducción del  80%

multa..............................................1,140.00
deducción ........................................912.00
Multa deducida................................228.00

TIM diario......0.04% x 46  = 1.84%

interés..........1.84% x 228 = 4.19

en total se estaría pagando el  03/04/2015 un monto de  232 nuevos soles.

también puede ver

multa por no declarar Daot 2013

cronograma DAOT 2014


1 comentario:

  1. Con referencia al Daot, mis ventas anuales superan las 75UIT pero en el caso de las ventas no superan las 75UIT, En este caso solo se declaran las operaciones de las ventas.
    Gracias

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