sábado, 15 de noviembre de 2014

MULTA POR LLEVAR LOS LIBROS CONTABLES CON ATRASO

Hoy en día la sunat esta realizando las verificaciones a los medianos contribuyentes y esta revisando específicamente dudas sobre el calculo de IGV o renta  pero al momento de revisar los libros lo primero que revisan si los libros están al día o no.

La verdad uno puede estar al día con la contabilidad  pero si no estas al día con las impresiones de los libros ahí si viene una multa que para mi es muy alta porque esta vinculada a los ingresos netos anuales y esto nos lleva a dos escenarios.

A) subsanar de manera voluntaria

B) subsanar de manera Inducida


caso practico -subsanacion de manera voluntaria

la empresa EL DESCUIDADO S.A.C. cada primer de cada año manda a legalizar sus hojas contables proyectándose el uso para cada tipo de libro o registro. ademas  en este año 2014 las ventas se han incrementado en un 30 porciento por lo que el numero de hojas también se ha incrementado y en especial el del kardex valorizado para el mes de setiembre imprimen el mencionado libro y solo alcanzo hasta el mes de Marzo 2014 por lo que el mes de Abril 2014 ya no hay hojas legalizadas para la correspondiente impresión por lo que el 10 de Noviembre 2014 se mando a legalizar  mas folios para terminar el año 2014.

Se sabe que el 12/11/2014 se realizo el pago de la multa y ademas se subsano los libros pendientes  y que las ventas netas del  2013 fueron de 5,890,700.00

CALCULO

El numeral 5 del articulo 175 del código tributario establece que: llevar con atraso mayor al permitido  por las normas vigentes. en este caso debemos tener presente que el plazo máximo de atraso es de 3 meses computables a partir del siguiente mes.

Tomamos el primer mes con el problema de impresión abril el cual cual tiene como fecha máximo para la legalización que seria el  31/07/2014. esto daría como  fechas para el calculo de los intereses del 01/08/2014 al  12/11/2014 fecha en la que pago la multa y comenzó la impresión y se acogió al mayor descuento por gradualidad.

ventas 2013 .............................. 5,890,700.00 x 0.3%  = 17,672.10
gradualidad  90%......................................................... = 15,904.89
multa con descuento .....................................................=  1,767.21


TIN DIARIO ..................................0.04%
DÍAS CON ATRASO ...................104 DIAS

INTERÉS.......................  4.16%


MONTO TOTAL DE MULTA
Multa.........................................................1,767.21

Interes..........................................................73.51

total                                                            1,841.00



caso practico -subsanacion de manera inducida

la empresa EL APURADO SAC  ha tenido como ingreso neto anual en el 2013 un monto de 7,589,230.00 y en el mes de noviembre 2014 recibe una esquela en la cual le solicitan que exhiba los documentos relacionados a un proveedor x por lo que le solicitan registro de compras, registro de venta y el libro kardex valorizado. toda la información debe de ser presentada el  14 de noviembre de 2014 por lo que la empresa decide imprimir el libro kardex valorizado pero dichas  hojas legalizadas solo alcanzaron para imprimir hasta el mes de mayo 2014 por lo que a partir de setiembre 2014 el libro ya esta con atraso  se tiene presente que todas las hojas restantes fueron legalizadas el 15/11/2014.

¿a cuanto ascendió la multa si se sabe ademas que los demás libros si están al día con la impresión y la legalización y ademas que el verificador dio como fecha de presentación el 22/11/2014 y que la impresión de los meses que faltaba fueron el 20/11/2014 y el mismo día de realizo el pago de la multa? 


CALCULO
el numeral 5 del articulo 175 del código tributario establece que: llevar con atraso mayor al permitido  por las normas vigentes. en este caso debemos tener presente que el plazo máximo de atraso es de 3 meses computables a partir del siguiente mes.

tomamos el primer mes con el problema de impresión abril el cual cual tiene como fecha máximo para la legalización que seria el  30/09/2014. esto daría como  fechas para el calculo de los intereses del 01/10/2014 al  20/11/2014 fecha en la que pago la multa y comenzó la impresión y se acogió al mayor descuento por gradualidad.

ventas 2013 .............................. 7,589,230.00 x 0.3%  = 22,767.69

gradualidad  70%......................................................... = 15,937.38
multa con descuento .....................................................=  6,830.31


TIN DIARIO ..................................0.04%
DÍAS CON ATRASO ...................51 Días

INTERÉS.......................  2.04%


MONTO TOTAL DE MULTA
Multa.........................................................6,830.31

Interes........................................................139.33

total                                                           6969.64

SE DEBE DE TENER EN CUENTA QUE LA SUNAT REVISA EL PRIMER FOLIO DEL LIBRO DE CADA MES SI OBSERVAN QUE EL PRIMER FOLIO FUE LEGALIZADO RECIENTEMENTE ELLOS CALCULAN LAS MULTA PARTIENDO DE ESA FECHA Y ES QUE LOS LIBROS PUEDEN ESTAR AL DÍA EN EL SISTEMA PERO NO ESTAR AL DÍA CON LA IMPRESIÓN CONLLEVA A MULTAS IMPUESTAS POR LA SUNAT POR NO LLEVAR CON LOS FORMALISMOS QUE LA ADMINISTRACIÓN  TRIBUTARIA ESTABLECE.

EN  MI OPINIÓN SE DEBERÍA DE LLAMAR LA INFRACCIÓN MULTA POR NO IMPRIMIR LOS LIBROS Y REGISTROS EN HOJAS LEGALIZADAS NOTARIAL MENTE DENTRO DE LOS PLAZOS ESTABLECIDOS 

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gratificación julio 2015