sábado, 12 de abril de 2014

caso practico vaciones truncas con pago de indemnizacion

En nuestro país es muy común que los trabajadores que tienen roles vitales en la empresa o en la organización no disfruten de vacaciones de manera regular y frecuente   por lo que desarrollaremos 1 caso práctico en el  cual se determinara cuando le corresponde el pago de la indemnización y cuando no.

El ejemplo es respecto a vacaciones truncas por lo que en el caso de el   trabajador que cesan de laborar.

Caso practico

El Sr juan perez  ha desempeñado sus labor en la empresa EL VIVIR SA  desde el  01/02/2011 hasta el 31/08/2013  con un sueldo básico de 1,500 mas asignación familiar por lo que el trabajador nunca tomo el descanso por las vacaciones. determine ha ¿cuanto ascendería el pago de las vacaciones si no le pagaran nada por este beneficio?

solución:

El articulo 22 del decreto legislativo 713 menciona lo siguiente: Los trabajadores que cesen después de cumplido el año de servicios y el correspondiente  récord, sin haber disfrutado del descanso, tendrán derecho al abono del íntegro de la remuneración vacacional. El récord trunco será compensado a razón de tantos dozavos y treintavos de la remuneración como meses y días computables hubiere laborado, respectivamente.

Por otro lado el articulo  23 del decreto legislativo 713 determina  que los trabajadores que no gocen del descanso vacacional dentro del año siguiente a aquel en el que se adquiere el derecho, tendrán el derecho al pago de la triple remuneración.

Como se da en este caso el calculo de vacaciones truncas sera el siguiente:





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