sábado, 21 de septiembre de 2013

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 063-2007/ SUNAT ARTICULO 175 CÓDIGO TRIBUTARIO

        CRITERIOS DE GRADUALIDAD: SUBSANACION(1) Y/O PAGO (2)
        (Porcentaje de Rebaja de la Multa establecida en las Tablas)
        SUBSANACION  VOLUNTARIA SUBSANACION  INDUCIDA
INFRACCIÓN DESCRIPCIÓN DE LA INFRACCION FORMA DE SUBSANAR LA INFRACCIÓN Si se subsana la infracción antes que surta efecto la  Si se subsana la infracción dentro del plazo otorgado por la SUNAT
        notificación del requerimiento de para tal efecto, contado desde que surta efecto la  notificación del 
        fiscalización en el que se le comunica al  del requerimiento de fiscalización en el que se le 
         infractor que ha incurrido en infracción (6) comunica al infractor que ha incurrido en infracción
         Sin Pago(2) Con Pago(2) Sin Pago(2) Con Pago(2) 
5 Artículo 175° Omitir llevar los libros de contabilidad, u otros libros y/o Llevando los libros y/o registros respectivos u otros medios No aplicable 50% 80%
  Numeral 1  registros exigidos por las leyes, reglamentos o por    de control exigidos por las leyes y reglamentos, que ha      
    Resolución de Superintendencia de la SUNAT u otros   omitido llevar, observando la forma y condiciones        
    medios de control exigidos por las leyes y reglamentos.(7) establecidas en las normas respectivas.        
6 Artículo 175° Llevar los libros de contabilidad, u otros libros y/o   Rehaciendo los libros y/o registros respectivos, el registro  No se aplica el Criterio de Gradualidad de Pago 50% 80%
  Numeral 2 registros exigidos por las leyes, reglamentos o por almacenable de información básica u otros medios de 100%    
     Resolución de Superintendencia de la SUNAT, el     control exigidos por las leyes y reglamentos,  observando la        
    registro almacenable de información básica u otros medios forma y condiciones establecidas en las normas         
    de control exigidos por las leyes y  reglamentos; sin          
    observar la forma y condiciones establecidas en           
    las normas correspondientes. (7)  correspondientes.        
7 Artículo 175° Omitir registrar ingresos, rentas, patrimonio, bienes,   Registrando y declarando por el período correspondiente, No se aplica el Criterio de Gradualidad de Pago 60% 80%
  Numeral 3  ventas, remuneraciones o actos gravados, o    los ingresos, rentas, patrimonios, bienes, ventas,  100%    
    registrarlos por montos inferiores.(7)   remuneraciones o actos gravados omitidos.        
8 Artículo 175° Llevar con atraso mayor al permitido por   Poner al día los libros y registros que fueron detectados 80% 90% 50% 70%
  Numeral 5 las normas vigentes, los libros de contabilidad   con un atraso mayor al permitido por las normas        
    u otros libros o registros exigidos por las    correspondientes.        
    leyes, reglamentos o por Resolución           
    de Superintendencia de la SUNAT,          
     que se vinculen con la tributación.(7).          
9 Artículo 175° No llevar en castellano o en moneda nacional los libros Rehaciendo para consignar la información correspondiente No se aplica el Criterio de Gradualidad de Pago 50% 80%
  Numeral 6 de contabilidad u otros libros o registros exigidos por   en castellano y/o en moneda nacional, de ser el caso. Los 100%    
   las leyes, reglamentos o por Resolución de   mencionados libros y registros deberán ser llevados de      
  Superintendencia de la SUNAT, excepto para los        acuerdo a las normas correspondientes.     
  contribuyentes autorizados a llevar contabilidad       
    en moneda extranjera.(7)           
10 Artículo 175° No conservar los libros y registros, llevados  · Rehaciendo los libros y registros,   No se aplica el Criterio de Gradualidad de Pago 50% 80%
  Numeral 7 en sistema manual, mecanizado o electrónico,  documentación sustentatoria, informes, 100%    
  documentación sustentatoria, informes, análisis   análisis y antecedentes de las        
  y antecedentes de las operaciones o situaciones    operaciones o situaciones que        
  que constituyan hechos susceptibles de generar    constituyan hechos susceptibles         
  obligaciones tributarias, o que esten de generar obligaciones tributarias.        
   relacionadas con éstas, durante el plazo        
     de prescripción de los tributos.(4)        
11 Artículo 175° No conservar los sistemas o programas  Rehaciendo los sistemas o programas  No se aplica el Criterio de Gradualidad de Pago 50% 80%
  Numeral 8 electrónicos de contabilidad, los soportes   electrónicos de contabilidad, los soportes 100%    
    magnéticos, los microarchivos u otros   magnéticos, los microarchivos u otros          
    medios de almacenamiento de información  medios de almacenamiento de información         
    utilizados en sus aplicaciones que incluyan   utilizados en sus aplicaciones que incluyan        
    datos vinculados con la materia imponible  datos vinculados con la materia imponible.        
    en el plazo de prescripción de los tributos.(4)          

0 comentarios:

Publicar un comentario