lunes, 2 de septiembre de 2013

caso practico 2 - numeral 1 articulo 176 codigo tributario

la empresa vinoso srl el 14 de junio tenia que declarar los impuestos de igv  y renta por lo que por cuestiones de error  humano los declara el día 15 de junio del presente  ejercicio pero la multa lo paga el día 27 de junio .
como se subsano voluntariamente  pero la multa se pago días después el régimen de gradualidad solo  tendrá un descuento del 80% por lo que haremos los siguientes cálculos.

UIT 2013                              3700
fecha de subsanacion        15/06/2013
fecha de pago de multa     27/06/2013
TIM                                 1.2% mensual
TIM diario                      0.0004


CALCULO
1 UIT3700
80% de UIT2960
interés por  13 días0.0052
multa a pagar740
interés3.85
importe a pagar744
ahora tener en cuenta que las multas se pagan con guía de pagos varios incluyendo el interés
tener en cuenta que los intereses moratorios no son deducibles para la determinación de la renta neta anual.

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