lunes, 26 de agosto de 2013

RETENCION DE AFP O ONP RECIBO POR HONORARIOS

la ley de la reforma del sistema privado de pensiones  ha establecido que desde el  mes de agosto 2013 se realice las retenciones en AFP o ONP  para todos los peruanos menores de cuarenta años. El cual establece los siguientes detalles de porcentajes de descuento si el trabajador opta por afiliarse a la ONP o AFP y el monto que perciba en el mes es menor que 1.5 remuneración mínima vital los porcentajes serán los siguientes:

7% .............. hasta Diciembre 2014
10% .............De enero a Diciembre 2015
13%---------A partir de enero  2016

ahora si el monto que percibe es mayor a 1,125 nuevos soles la retención sera por el 13%.


si el trabajador esta o opta por afiliarse a la AFP y el ingreso que percibe es menor a 1,125 nuevos soles
los porcentajes de retención serán los siguientes:
5% + comisión + prima seguro...................hasta Diciembre 2014
7% + comisión + prima seguro...................De enero a Diciembre 2015
10% + comisión + prima seguro................A partir de enero  2016

ahora si el monto que percibe es mayor a 1,125 nuevos soles la retención sera por el 10 porciento mas comisión y prima de seguro

las empresas están obligadas a retener si paga por recibo por honorarios por un importe mayor  750 soles en el mes, esto quiere decir, que si una empresa contrata a un electricista dos veces en un mes y en el primer recibo le paga  500 y en el segundo le paga  400 es en el segundo donde deberá de retenerle. si esta afiliado a la ONP le retiene el 7% pero si esta afiliado en la afp deberá de retenerle el  5% mas comisión y prima de seguro.

se debe de tener presenta que si el trabajador no estuviese afiliado a ningun sistema ya sea el spp o al snp, es el trabajador el que esta obligado a elegir el sistema de pensiones





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